La toma de un examen integrador a quienes finalizan el nivel secundario, la modalidad de enseñanza híbrida como alternativa a partir de cuarto grado y el cobro a extranjeros sin residencia permanente por parte de las universidades nacionales son algunos de los artículos incluidos en la “ley ómnibus” que presentó el gobierno de Javier Milei.

La “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, también denominada ley ómnibus, que presentó el gobierno de Javier Milei al Congreso de la Nación incluye 664 artículos y exhibe un apartado específico con modificaciones referidas a la educación.

En lo que respecta al sistema universitario, el proyecto establece: “Respetando fielmente el principio de gratuidad de la educación universitaria para argentinos y extranjeros residentes se autoriza a que las universidades que lo deseen puedan arancelar la educación de extranjeros no residentes”. Además, prohíbe el acceso a la educación superior a las personas que no hayan completado sus estudios secundarios.

Por otro lado, detalla que “el aporte del Estado nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal se distribuirá en función del número de estudiantes matriculados en cada institución, el tipo de carrera ofrecida, tales como carreras de grado, posgrado y otras, y su área de formación y también el número de egresados y otros criterios que se definan”.

En relación al ingreso libre e irrestricto, el proyecto afirma que “debe ser complementado mediante los procesos de nivelación y orientación profesional y vocacional que cada institución de educación superior debe constituir” pero que, alternativamente, “deberán implementar un examen que permita al estudiante ingresar directamente”. Es decir que el estudiante podría optar entre el proceso o el examen de ingreso directo.

El texto propone también, en el artículo 548, la evaluación de los conocimientos adquiridos durante el secundario: “Al finalizar los estudios de educación secundaria el Estado Nacional tomará un examen censal obligatorio que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan. El alumno tendrá derecho a conocer y recibir una certificación del resultado”.

En base a esto, se tomarán pruebas periódicas en términos de matemáticas y lecto-compresión en adición a otras evaluaciones que determine la autoridad de aplicación. No solo a los alumnos, también a los docentes mediante pruebas “Aprender”, las cuales el proyecto propone poner a disposición de las familias.

A su vez, incorpora a la Ley de Educación Nacional dos incisos, por un lado, evaluar a los docentes que se incorporan al ejercicio “mediante un examen que certifique las capacidades y conocimientos adquiridos” y, por otro lado, “revalidar las capacidades y conocimientos de docentes cada 5 años mediante un proceso de evaluación continua”.

Por último, dicta que a partir del segundo ciclo del nivel primario -cuarto grado- puede implementarse como alternativa la educación híbrida en las distintas modalidades educativas, lo que actualmente se permite a partir de los 18 años para jóvenes y adultos y, en escuelas rurales, a partir del ciclo orientado del nivel secundario.

Sin embargo, la propuesta aún no da detalles sobre la aplicación de dichos cambios y, en caso de ser aprobada por Diputados y el Senado, deberá verse cómo se volcará en la realidad mediante futuros acuerdos del Consejo Federal de Educación.

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