El Gobierno habilitó la vuelta a clases de manera presencial en las universidades de todo el país. Cada establecimiento deberá garantizar las medidas de distanciamiento e higiene adecuadas, mientras que estudiantes y docentes podrán utilizar el transporte público. Sin embargo, cada gobernador decidirá teniendo en cuenta las condiciones epidemiológicas.

Así se estableció a través de la Decisión Administrativa 1995/2020, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Salud, Gines González García.

El Gobierno nacional habilitó el retorno de las actividades presenciales en universidades e institutos, cumpliendo un protocolo y lineamientos generales que garanticen las medidas de cuidado de los trabajadores y estudiantes ante la pandemia por coronavirus.

«Establécese que en el marco del protocolo marco y lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales en las universidades e institutos universitarios, aprobado por la Resolución del Ministerio de Educación 1084 del 8 de agosto de 2020, este revisará y prestará conformidad a los planes jurisdiccionales para el retorno de las actividades», indica el artículo 1 de la norma.

Asimismo establece que «con la conformidad del ministerio de Educación, la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales y de la ciudad de Buenos Aires, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica».

Las actividades presenciales podrán reanudarse «conforme los protocolos que en cada caso establezcan las autoridades sanitarias locales» y, entre esas medidas de cuidado, se encuentran «la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19».

Por su parte, los institutos y universidades «deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras, trabajadores y estudiantes».

La medida indica además que los gobernadores y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires «decidirán la efectiva reanudación, pudiendo suspender las actividades y reiniciarlas en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria».

En tanto, el personal directivo, docente y no docente y los estudiantes que asistan a las actividades académicas presenciales «quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto».

Entre los principales lineamientos del protocolo aprobado por las universidades, puede mencionarse:

– La toma de temperatura, a todos los trabajadores y estudiantes, al ingresar al establecimiento. Si el termómetro indica más de 37,5 grados, no podrán ingresar y se procederá a cumplir el protocolo que establece el Ministerio de Salud.
– En los espacios comunes, el distanciamiento mínimo será de 2 metros, mientras que en las aulas se reducirá hasta 1,5 metros.
– El tapabocas será obligatorio en todo momento, tanto para profesores como para alumnos. – Cada establecimiento deberá contar con insumos básicos de higiene como agua potable, jabón, alcohol en gel y cestos de basura.
– En caso de detectarse un caso sospechoso o positivo, la universidad cerrará por completo por el plazo de un día. Al mismo tiempo se rastreará a los contactos estrechos del paciente para aislarlos o, si presentaran síntomas, también testearlos.

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