Segunda parte de la entrevista a José Bustamante en el 136° Aniversario de la sanción de la Ley de Educación 1420.
—¿Qué otros teman involucran a la ley 1420?
Desde lo arquitectónico, el 25 de mayo de 1886 (cuando Roca está terminando su presidencia), se inauguran en un solo día cuarenta escuela en Capital Federal. Estas escuelas que se inauguran son escuelas Palacio, son edificios que tienen una monumentalidad muy sobresaliente, que quizás hoy en día pasan más desapercibidos en el estilo urbano de Capital Federal.

Este conjunto de edificaciones responde a una política cultural desde lo arquitectónico. Son escuelas que van a ser muy caras de ser mantenidas y rápidamente se van a dejar de utilizar como modelo arquitectónico posible de sostenerse a largo plazo. Y básicamente lo que tiene es una jerarquización interna muy profunda, con espacios destinados a Biblioteca, Museo, Secretarías. Estas edificaciones hablan de un elemento material de la Ley 1420 que normalmente no se visualiza.
De todos modos esta es una Ley que sobretodo va a tener un impacto muy fuerte en Capital Federal, en los territorios nacionales el uso que se hace de esa Ley es bastante más flexible.
—¿Quiénes encabezaban esa disputa por firmar o no la Ley 1420?
Ahí la figura emblemática va a ser Sarmiento. Con la discusión del Congreso Pedagógico tiene algunas tensiones porque él no lo alentó en un principio. Pero hay otras figuras como Pizarro, Goyena o José Manuel Estrada e incluso Marco Sastre en el grupo de los católicos. No son figuras sino más bien un grupo muy importante del Orden Conservador (durante la década del ’80) que tienen un lugar muy crítico con el roquismo, pero luego de la Revolución de 1890 van a volver al escenario político de la mano de los conflictos sociales y políticos.
Estos grupos conservadores no van a desaparecer de la escena e incluso la educación religiosa va a tener un lugar en el entramado de la legislación. Porque lo que se sanciona no es estrictamente laico, lo que se termina sancionando en el artículo octavo es que la enseñanza religiosa se podría dictar adentro de las escuelas, por sacerdotes, ministros del culto protestante, judíos; siempre que sea fuera de los horarios de la currícula obligatoria. Entonces en la hora anterior al ingreso de los niños y las niñas a las Escuelas podía ir un sacerdote y dictar doctrina cristiana.
— ¿El sistema productivo agroexportador de la época influyó en la aprobación de esta ley?
Hay una vocación homogeneizadora, de tener a la escuela como como instrumento de una dimensión cultural de la construcción del Estado y también una articulación con el liberalismo que buscaba traer grupos inmigrantes de forma masiva en este periodo. De todos modos la Ley 1420 no va a ser una ley nacionalista, como lo va a ser educación ya entrado fines del ’19 o principios del ’20, donde reinaba el nacionalismo más intolerante. Pero sin dudas la Escuela Primaria va a ser un elemento que va a alentar esa unificación y esa construcción de la misión desde la identidad.