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El gobierno de la provincia de Buenos Aires emitió una resolución que establece un nuevo esquema que establece los cargos aptos para docentes recalificados por enfermedades de la voz, distinguiendo entre aquellos con y sin riesgo de sobrecarga vocal. Desde el Frente de Unidad Docente Bonaerense celebraron esta medida.

La Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) y la Secretaría General de la provincia de Buenos Aires oficializaron la Resolución N° 1750/2026, una normativa que marca un antes y un después para miles de docentes. El documento, fruto del trabajo en las mesas técnicas del Frente de Unidad Docente Bonaerense (FUDB), regula la situación laboral de aquellos trabajadores que sufrieron enfermedades profesionales de la voz y fueron recalificados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

Hasta ahora, la recalificación por disfonías u otras patologías vocales solía truncar la posibilidad de ascenso o permanencia en ciertos roles. La nueva norma clarifica qué cargos son aptos para los docentes que se encuentran en esta situación, distinguiendo entre aquellos con y sin riesgo de sobrecarga vocal.

De esta manera, los docentes con recalificación definitiva por voz, podrían acceder a cargos de: inspector, director, vicedirector, secretario, prosecretario, jefes de área, bibliotecarios, entre otros. Otros de los puntos clave son:

  • Los cargos identificados en el inciso a) XV y XVI y en el inciso b) del artículo 11 de la Ley N° 10.579 se entienden expuestos al riesgo de sobrecarga en el uso de la voz por su uso forzoso y continuo.
  • El docente podrá seguir ejerciendo en los cargos que ya poseía al momento de la recalificación, siempre que estos no sean de “uso forzoso y continuo” de la voz, previa evaluación de la Dirección de Salud Ocupacional.
  • Tras seis meses del dictamen de recalificación, el trabajador podrá solicitar una evaluación para ser designado en nuevos cargos docentes que se ajusten a su capacidad residual.
  • Para proteger la salud del docente, las actividades de continuidad pedagógica frente a alumnos serán excepcionales y no podrán superar las 6 horas reloj semanales (o 12 mensuales).

El objetivo primordial de la resolución es la “restitución del trabajador a la vida laboral activa” en tareas adecuadas a sus capacidades actuales. Además, garantiza que el cambio de funciones o la ubicación en un nuevo puesto no interrumpa los tratamientos médicos necesarios para tratar la enfermedad profesional de origen.

Los docentes interesados en que se evalúe su aptitud laboral residual deberán presentar ante la Dirección de Salud Ocupacional copia de su DNI, recibo de sueldo, acta de la SRT y estudios médicos de cuerdas vocales con una antigüedad menor a 60 días. Las certificaciones de aptitud otorgadas bajo este nuevo marco tendrán una vigencia de dos años.

Desde el FUDB celebraron la medida y declararon: “Luego de mucho debate y años de pelea, logramos que las y los docentes recalificados por la voz puedan acceder a cargos jerárquicos”.

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