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La Justicia Federal dio lugar a una medida cautelar que obliga al Poder Ejecutivo a cumplir, de manera inmediata, los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, vinculados a la actualización y recomposición salarial de docentes y no docentes de las universidades nacionales, así como al monto de las becas estudiantiles.

La decisión fue adoptada por el juez Martín Cormick, a cargo del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, quien hizo lugar a una presentación realizada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) en el marco de un proceso colectivo iniciado a fines de octubre de 2025. El reclamo judicial apuntó a garantizar el cumplimiento efectivo de la norma sancionada por el Congreso y suspendida luego por el Ejecutivo nacional.

Tras la aprobación de la Ley 27.795, el gobierno de Javier Milei había dejado sin efecto su aplicación mediante el Decreto 795/2025, al argumentar que la norma no establecía de manera expresa las fuentes de financiamiento necesarias para afrontar los gastos que implicaba su implementación. En particular, el decreto suspendía la ejecución de los artículos referidos a la actualización salarial y de las becas conforme al índice inflacionario.

Frente a esa situación, el CIN solicitó la declaración de inconstitucionalidad del decreto y el cumplimiento inmediato de la ley. En su planteo, el organismo advirtió sobre una afectación colectiva y urgente, al señalar que el incumplimiento deterioraba el poder adquisitivo de los trabajadores universitarios, comprometía el funcionamiento del sistema y lesionaba derechos constitucionales vinculados a la educación superior y a la autonomía universitaria.

En su resolución, el juez Cormick dispuso “admitir la cautelar solicitada por la actora”, declarando inaplicable, para el caso, el tramo del decreto que suspendía la ejecución de la Ley 27.795 hasta tanto el Congreso determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas correspondientes al presupuesto nacional. Para el magistrado, en la situación planteada “se encontraría conformado un supuesto de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”, ya que la lesión de derechos y garantías surge de manera clara e inequívoca del accionar de la autoridad pública, sin necesidad de un análisis exhaustivo de los hechos.

La medida cautelar se inscribe en un escenario de creciente tensión en torno al financiamiento del sistema universitario nacional y vuelve a poner en el centro del debate la vigencia efectiva de la Ley de Financiamiento Universitario y el rol del Estado en la garantía del derecho a la educación superior.

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